Ya he explicado en múltiples ocasiones que los impuestos que gravan al automóvil son abusivos y confiscatorios. Por eso es importante que existan colectivos como el de las familias numerosas o el de los minusválidos que estén exentos en todo o en parte de los impuestos que gravan la adquisición de un automóvil, para que al menos ellos sufran en menor medida la voracidad de un Estado pantagrüélico. En este artículo veremos cómo.

Se estima que en España la presión fiscal, contando con la reciente subida del IVA, es de más del 50% del PIB. Una barbaridad. Si nos centramos en los coches, veremos que hay determinados vehículos –los que más contaminan– gravados con un 35,75% de impuestos. Otra barbaridad. Y lo peor de todo es que el Gobierno se ha vuelto a colocar de perfil una vez más. Si usamos el argumento de que el IVA era más bajo que la media de los países europeos, siguiendo la lógica del razonamiento habría que eliminar el Impuesto de Matriculación, considerado como una rémora inexistente en nuestro entorno.
Antes de nada hay que recordar que el Impuesto de Matriculación se paga por tramos en función de las emisiones de CO2 del automóvil adquirido. Para aquellos que contaminan menos de 120 gramos/kilómetro el Estado les «perdona» el impuesto. Para los que se encuentran entre 120 y 160 gramos, el porcentaje es del 4,75% sobre la base imponible. Los que se encuentran en el intervalo de 160 a 200 gramos, el recargo es del 9,75%. Para terminar con los que exceden de los 200 gramos que tienen que contribuir con Hacienda por valor del 14,75%. Y todo esto sin contar con el IVA.

La ley establece que ciertos colectivos disfrutarán de exenciones. Uno de los que más se benefician suelen ser las familias numerosas, a las que se les rebaja un 50% sobre la cuota a pagar. Es decir, que toda aquella familia que acredite su condición de numerosa tiene derecho a que se le libere de la mitad de la tasa que resulte a pagar.
Otro de los grupos más beneficiados en este aspecto es el de los minusválidos. Siempre que el titular del coche tenga reconocida una discapacidad del 33% o más, tiene derecho a la exención en el Impuesto de Matriculación. Para justificarlo se necesita que el comprador proporcione un certificado oficial de minusvalía emitido por la correspondiente comunidad autónoma. Dicha documentación se presenta ante la administración tributaria, que deberá resolver sobre la concesión o denegación de la exención. Sin ese dictamen, la Jefatura de Tráfico no matricularía el vehículo.
Pero además de estas exenciones del Impuesto de Matriculación, también hay disminuciones en el IVA. Pero eso lo dejaremos para mañana, ya que el tema es algo más complicado que el de hoy.
Continuará…
Las exenciones en los impuestos que gravan la adquisición de un vehículo (II)
Solo un pequeño detalle:
«Siempre que el titular del coche tenga reconocida una discapacidad de MÁS del 33%, tiene derecho a la exención en el Impuesto de Matriculación.»
Tengo entendido que quienes tenemos exactamente el 33% de discapacidad también tenemos derecho a esta exención. En ese caso, habría que decir » del 33% o más», ¿correcto?
Saludos y gracias por el artículo!
Tienes toda la razón, Fresh. Lo he explicado mal, ya que los que tienen un 33% de discapacidad también tienen derecho a la exención.
Buenas tardes, me gustaria que me indicara,que iva tengo que pagar al comprarme,una scooter por que tengo discapacidad+ movilidad reducida con los 7 puntos
Hola, José: en principio, el IVA a pagar debería ser del 4%. Pero tendrás que solicitar en Hacienda la exención del IVA antes de comprarte la moto. Cuando te aprueben la solicitud, entonces se la llevas al concesionario y ellos deberán realizar la factura con un IVA del 4%.